Consejo de la Unión Europea
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Historia | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fundado | 1 de julio de 1967 ( 01/07/1967) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Precedido por | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Liderazgo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Presidencia | ![]() | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
secretario general | Jeppe Tranholm-Mikkelsen desde el 1 de julio de 2015 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad | Josep Borrell, PES desde el 1 de diciembre de 2019 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Estructura | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Asientos | 27 (1 por estado miembro) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Comités | 10 configuraciones
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Lema | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Unidos en la diversidad | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Punto de reunión | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Edificio Europa : Bruselas, Bélgica ![]() | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Sitio web | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
consilium.europa.eu | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Constitución | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Tratados de la Unión Europea |
Coordenadas : 50 ° 50′33.00 ″ N 4 ° 22′50.99 ″ E / 50,8425000 ° N 4,3808306 ° E / 50,8425000; 4.3808306
El Consejo de la Unión Europea, al que a menudo se hace referencia en los tratados y otros documentos oficiales simplemente como el Consejo, e informalmente conocido como el Consejo de Ministros, es la tercera de las siete instituciones de la Unión Europea (UE) enumeradas en el Tratado. en la Unión Europea. Es uno de los tres órganos legislativos y, junto con el Parlamento Europeo, sirve para modificar y aprobar las propuestas de la Comisión Europea, que tiene iniciativa legislativa.
El Consejo de la Unión Europea y el Consejo Europeo son las únicas instituciones de la UE que son explícitamente intergubernamentales, es decir, foros cuyos asistentes expresan y representan la posición del ejecutivo de su estado miembro, ya sean embajadores, ministros o jefes de estado / gobierno.
El Consejo se reúne en 10 configuraciones diferentes de 27 ministros nacionales (uno por estado ). La composición precisa de estas configuraciones varía según el tema que se esté considerando; por ejemplo, cuando se habla de política agrícola, el Consejo está formado por los 27 ministros nacionales cuya cartera incluye esta área política (con los Comisarios europeos relacionados que contribuyen pero no votan).
La Presidencia del Consejo rota cada seis meses entre los gobiernos de los estados miembros de la UE, y los ministros relevantes del país respectivo que ocupan la Presidencia en un momento dado garantizan el buen desarrollo de las reuniones y establecen la agenda diaria. La continuidad entre presidencias es proporcionada por un arreglo bajo el cual tres presidencias sucesivas, conocidas como tríos de presidencia, comparten programas políticos comunes. El Consejo de Asuntos Exteriores (ministros de exteriores nacionales) es, sin embargo presidida por la Unión de Alto Representante.
Sus decisiones se toman por mayoría cualificada en la mayoría de las áreas, por unanimidad en otras o simplemente por mayoría simple para cuestiones de procedimiento. Por lo general, cuando opera por unanimidad, solo necesita consultar al Parlamento. Sin embargo, en la mayoría de las áreas se aplica el procedimiento legislativo ordinario, lo que significa que tanto el Consejo como el Parlamento comparten los poderes legislativos y presupuestarios por igual, lo que significa que ambos deben estar de acuerdo para que se apruebe una propuesta. En unas pocas áreas limitadas, el Consejo puede iniciar él mismo una nueva ley de la UE.
La Secretaría General del Consejo de la Unión Europea, también conocida como Secretaría del Consejo, asiste al Consejo de la Unión Europea, a la Presidencia del Consejo de la Unión Europea, al Consejo Europeo y al Presidente del Consejo Europeo. La Secretaría está dirigida por el Secretario General del Consejo de la Unión Europea. La Secretaría está dividida en siete direcciones generales, cada una administrada por un director general.
El Consejo apareció por primera vez en la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) como el "Consejo Especial de Ministros", creado para contrarrestar la Alta Autoridad (el ejecutivo supranacional, ahora la Comisión). El Consejo original tenía poderes limitados: las cuestiones relacionadas únicamente con el carbón y el acero estaban en el dominio de la Autoridad, y el consentimiento del Consejo solo se requería en decisiones fuera del carbón y el acero. En su conjunto, el Consejo solo examinó a la Alta Autoridad (el ejecutivo). En 1957, los Tratados de Roma establecieron dos nuevas comunidades, y con ellas dos nuevos Consejos: el Consejo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (CEEA) y el Consejo de la Comunidad Económica Europea (CEE). Sin embargo, debido a las objeciones sobre el poder supranacional de la Autoridad, sus Consejos tenían más poderes; los nuevos órganos ejecutivos se conocieron como "Comisiones".
En 1965, el Consejo se vio afectado por la "crisis de la silla vacía". Debido a los desacuerdos entre el presidente francés Charles de Gaulle y las propuestas agrícolas de la Comisión, entre otras cosas, Francia boicoteó todas las reuniones del Consejo. Esto detuvo el trabajo del Consejo hasta que el año siguiente se resolvió el estancamiento mediante el compromiso de Luxemburgo. Aunque iniciada por una apuesta del presidente de la Comisión, Walter Hallstein, quien luego perdió la presidencia, la crisis expuso fallas en el funcionamiento del Consejo.
En virtud del Tratado de Fusión de 1967, el Consejo Especial de Ministros de la CECA y el Consejo de la CEEA (junto con sus otras instituciones independientes) se fusionaron en el Consejo de las Comunidades Europeas, que actuaría como un único Consejo para las tres instituciones. En 1993, el Consejo adoptó el nombre de «Consejo de la Unión Europea», tras el establecimiento de la Unión Europea por el Tratado de Maastricht. Ese tratado fortaleció al Consejo, con la adición de más elementos intergubernamentales en el sistema de tres pilares. Sin embargo, al mismo tiempo, el Parlamento y la Comisión se habían reforzado dentro del pilar comunitario, lo que limitaba la capacidad del Consejo para actuar de forma independiente.
El Tratado de Lisboa abolió el sistema de pilares y otorgó más poderes al Parlamento. También fusionó al Alto Representante del Consejo con el jefe de política exterior de la Comisión, con esta nueva figura presidiendo el Consejo de Asuntos Exteriores en lugar de la presidencia rotatoria. El Consejo Europeo fue declarado una institución separada del Consejo, también presidido por un presidente permanente, y las diferentes formaciones del Consejo se mencionaron en los tratados por primera vez.
El desarrollo del Consejo se ha caracterizado por el ascenso del poder del Parlamento, con el que el Consejo ha tenido que compartir sus poderes legislativos. El Parlamento se ha opuesto a menudo a los deseos del Consejo. En algunos casos, esto ha dado lugar a enfrentamientos entre ambos órganos con el sistema de intergubernamentalismo del Consejo, que contradice el sistema parlamentario en desarrollo y los principios supranacionales.
El objetivo principal del Consejo es actuar como uno de los dos órganos con veto del poder legislativo de la UE, siendo el otro el Parlamento Europeo. Juntos sirven para modificar, aprobar o desaprobar las propuestas de la Comisión Europea, que tiene el poder exclusivo de proponer leyes. Junto con el Parlamento, el Consejo ostenta el poder presupuestario de la Unión y tiene un mayor control que el Parlamento sobre las áreas más intergubernamentales de la UE, como la política exterior y la coordinación macroeconómica. Por último, antes de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, ostentaba formalmente el poder ejecutivo de la UE que confería a la Comisión Europea. Algunos lo consideran equivalente a una cámara alta de la legislatura de la UE, aunque no se describe como tal en los tratados. El Consejo representa a los gobiernos ejecutivos de los estados miembros de la UE y tiene su sede en el edificio Europa en Bruselas.
La autoridad legislativa de la UE se divide entre el Consejo, el Parlamento y la Comisión. A medida que se han desarrollado las relaciones y los poderes de estas instituciones, se han creado varios procedimientos legislativos para la adopción de leyes. En los primeros tiempos, la máxima avis facultatif era: "La Comisión propone y el Consejo dispone"; pero ahora la gran mayoría de las leyes están sujetas al procedimiento legislativo ordinario, que se basa en el principio de que se requiere el consentimiento tanto del Consejo como del Parlamento antes de que se pueda aprobar una ley.
Con arreglo a este procedimiento, la Comisión presenta una propuesta al Parlamento y al Consejo. Tras su primera lectura, el Parlamento puede proponer enmiendas. Si el Consejo acepta estas enmiendas, se aprueba la legislación. Si no lo hace, adopta una "posición común" y presenta esa nueva versión al Parlamento. En su segunda lectura, si el Parlamento aprueba el texto o no actúa, se adopta el texto; de lo contrario, el Parlamento puede proponer más enmiendas a la propuesta del Consejo. Puede ser rechazado por la mayoría absoluta de los diputados al Parlamento Europeo. Si el Consejo aún no aprueba la posición del Parlamento, el texto se lleva a un "Comité de Conciliación" compuesto por los miembros del Consejo más un número igual de diputados al Parlamento Europeo. Si un comité logra adoptar un texto conjunto, debe ser aprobado en una tercera lectura tanto por el Consejo como por el Parlamento o la propuesta se abandonará.
Las otras pocas áreas que operan los procedimientos legislativos especiales son justicia y asuntos de interior, presupuesto e impuestos y ciertos aspectos de otras áreas políticas: como los aspectos fiscales de la política ambiental. En estos ámbitos, el Consejo o el Parlamento deciden por sí solos la ley. El procedimiento utilizado también depende del tipo de acto institucional que se utilice. El acto más fuerte es un reglamento, un acto o ley que es directamente aplicable en su totalidad. Luego están las directivas que obligan a los miembros a cumplir ciertas metas que deben lograr, pero lo hacen a través de sus propias leyes y, por lo tanto, tienen margen de maniobra para decidir sobre ellas. Una decisión es un instrumento que se centra en una persona o grupo en particular y es directamente aplicable. Las instituciones también pueden emitir recomendaciones y dictámenes que son meras declaraciones no vinculantes.
El Consejo vota de una de estas tres formas; unanimidad, mayoría simple o mayoría cualificada. En la mayoría de los casos, el Consejo vota sobre cuestiones por mayoría cualificada, lo que significa que debe haber un mínimo del 55% de los Estados miembros que estén de acuerdo (al menos 15), que en conjunto representan al menos el 65% de la población de la UE. Una 'minoría de bloqueo' solo puede estar formada por al menos 4 estados miembros que representen al menos el 35% de la población de la UE.
Las resoluciones del Consejo no tienen efecto legal. Por lo general, la intención del Consejo es establecer el trabajo futuro previsto en un ámbito político específico o invitar a la Comisión a actuar. Si una resolución cubre un área política que no está enteramente dentro de un área de competencia de la UE, la resolución se emitirá como una "resolución del Consejo y los representantes de los gobiernos de los estados miembros". Ejemplos de ello son la Resolución del Consejo de 26 de septiembre de 1989 sobre el desarrollo de la subcontratación en la Comunidad y la Resolución del Consejo de 26 de noviembre de 2001 sobre crédito al consumo y endeudamiento.
Los instrumentos jurídicos utilizados por el Consejo de Política Exterior y de Seguridad Común son distintos de los actos legislativos. En el marco de la PESC, se componen de "posiciones comunes", "acciones conjuntas" y "estrategias comunes". Las posiciones comunes se relacionan con la definición de una política exterior europea hacia un tercer país en particular, como la promoción de los derechos humanos y la democracia en Myanmar, una región como los esfuerzos de estabilización en los Grandes Lagos africanos, o un tema determinado como el apoyo a la Internacional. Tribunal Penal. Una posición común, una vez acordada, es vinculante para todos los Estados de la UE que deben seguir y defender la política, que se revisa periódicamente. Una acción conjunta se refiere a una acción coordinada de los estados para desplegar recursos para lograr un objetivo, por ejemplo, para la remoción de minas o para combatir la propagación de armas pequeñas. Las estrategias comunes definen un objetivo y comprometen los recursos de la UE a esa tarea durante cuatro años.
El poder legislativo ostenta oficialmente la autoridad presupuestaria de la Unión. El presupuesto de la UE (que ronda los 155.000 millones de euros ) está sujeto a una forma de procedimiento legislativo ordinario con una lectura única que otorga al Parlamento poder sobre todo el presupuesto (antes de 2009, su influencia se limitaba a determinadas áreas) en igualdad de condiciones con el Ayuntamiento. Si hay un desacuerdo entre ellos, se lleva a una comisión de conciliación como se hace para las propuestas legislativas. Pero si no se aprueba el texto conjunto de conciliación, el Parlamento puede aprobar definitivamente el presupuesto. Además del presupuesto, el Consejo coordina la política económica de los miembros.
El reglamento interno del Consejo contiene las disposiciones necesarias para su organización y funcionamiento.
La presidencia del Consejo no es un cargo único, sino que lo ocupa el gobierno de un estado miembro. Cada seis meses, la presidencia rota entre los estados, en un orden predefinido por los miembros del Consejo, permitiendo que cada estado presida el cuerpo. Desde 2007, cada tres Estados miembros cooperan durante sus dieciocho meses combinados en una agenda común, aunque solo uno ocupa formalmente la presidencia durante el período normal de seis meses. Por ejemplo, el presidente de la segunda mitad de 2007, Portugal, fue el segundo de un trío de estados junto a Alemania y Eslovenia con los que Portugal había estado cooperando. El Consejo se reúne en varias configuraciones (como se describe a continuación) por lo que su membresía cambia según el tema. La persona que presida el Consejo será siempre el miembro del estado que ostenta la Presidencia. Un delegado de la siguiente Presidencia también asiste al miembro que preside y puede hacerse cargo del trabajo si se le solicita. Sin embargo, la excepción es el consejo de asuntos exteriores, que ha sido presidido por el Alto Representante desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa.
El papel de la Presidencia es administrativo y político. En el aspecto administrativo es responsable de los trámites y organización del trabajo del Consejo durante su mandato. Esto incluye la convocatoria de reuniones del Consejo y la dirección del trabajo del COREPER y otros comités y grupos de trabajo. El elemento político es el papel de abordar con éxito los problemas y mediar en el Consejo. En particular, esto incluye establecer la agenda del consejo, dando así a la Presidencia una influencia sustancial en el trabajo del Consejo durante su mandato. La Presidencia también desempeña un papel importante en la representación del Consejo dentro de la UE y en la representación de la UE a nivel internacional, por ejemplo, en las Naciones Unidas.
Legalmente hablando, el Consejo es una entidad única (esto significa que técnicamente cualquier configuración del Consejo puede adoptar decisiones que caen dentro del ámbito de competencia de cualquier otra configuración del Consejo), pero en la práctica está dividido en varias configuraciones (o '()) formaciones' diferentes del consejo.). El artículo 16, apartado 6, del Tratado de la Unión Europea establece:
El Consejo se reunirá en diferentes configuraciones, cuya lista se adoptará de conformidad con el artículo 236 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
El Consejo de Asuntos Generales garantizará la coherencia en el trabajo de las diferentes formaciones del Consejo. Preparará y garantizará el seguimiento de las reuniones del Consejo Europeo, en colaboración con el presidente del Consejo Europeo y la Comisión.
El Consejo de Asuntos Exteriores elaborará la acción exterior de la Unión sobre la base de las orientaciones estratégicas establecidas por el Consejo Europeo y garantizará la coherencia de la acción de la Unión.
Cada configuración del consejo se ocupa de un área funcional diferente, por ejemplo, agricultura y pesca. En esta formación, el consejo está compuesto por ministros de cada gobierno estatal que son responsables de esta área: los ministros de agricultura y pesca. La presidencia de este consejo está a cargo del miembro del estado que ocupa la presidencia (consulte la sección anterior). De manera similar, el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros está compuesto por ministros de finanzas nacionales, y siguen siendo uno por estado y la presidencia la ocupa el miembro que viene del país que preside. Los Consejos se reúnen de forma irregular durante todo el año, excepto en las tres configuraciones principales (las tres principales a continuación), que se reúnen una vez al mes. A partir de 2020, hay diez formaciones:
Complementando estos, el Comité Político y de Seguridad (CPS) reúne a embajadores para monitorear situaciones internacionales y definir políticas dentro de la PCSD, particularmente en crisis. El Consejo Europeo es similar a una configuración del Consejo y funciona de manera similar, pero está compuesto por los líderes nacionales ( jefes de gobierno o de estado ) y tiene su propio presidente, desde 2019, Charles Michel. El propósito del organismo es definir el "ímpetu" general de la Unión. El Consejo Europeo se ocupa de los principales temas como el nombramiento del presidente de la Comisión Europea que participa en las reuniones del organismo.
El componente de la eurozona de Ecofin, el eurogrupo, también es un grupo formal con su propio presidente. Su contraparte en el Consejo Europeo es la Cumbre del Euro formalizada en 2011 y el TSCG.
Tras la entrada en vigor de un acuerdo marco entre la UE y la ESA hay una configuración del Consejo Espacial, una reunión conjunta y concomitante del Consejo de la UE y del Consejo de la ESA a nivel ministerial que se ocupa de la implementación del ESP adoptado por ambas organizaciones.
La Secretaría General del Consejo proporciona la infraestructura continua del Consejo, realizando la preparación de reuniones, borradores de informes, traducción, registros, documentos, agendas y asistencia a la presidencia. El Secretario General del Consejo es el jefe de la Secretaría. La Secretaría está dividida en siete direcciones generales, cada una administrada por un director general.
El Comité de Representantes Permanentes (COREPER) es un órgano compuesto por representantes de los estados (embajadores, funcionarios, etc.) que se reúnen cada semana para preparar los trabajos y tareas del Consejo. Supervisa y coordina el trabajo y se ocupa del Parlamento sobre la legislación de codecisión. Se divide en dos grupos de representantes (Coreper II) y sus suplentes (Coreper I). La agricultura es tratada por separado por el Comité Especial de Agricultura (SCA). Los numerosos grupos de trabajo presentan sus informes al Consejo a través del Coreper o SCA.
El Tratado de Lisboa ordenó un cambio en el sistema de votación desde el 1 de noviembre de 2014 para la mayoría de los casos a la mayoría doble de Votación por Mayoría Calificada, reemplazando el sistema de ponderación de votos. Las decisiones tomadas por el consejo deben ser tomadas por el 55% de los estados miembros que representan al menos el 65% de la población de la UE.
Casi todos los miembros del Consejo son miembros de un partido político a nivel nacional, y la mayoría de ellos son miembros de un partido político a nivel europeo. Sin embargo, el Consejo está compuesto para representar a los Estados miembros en lugar de a los partidos políticos y la naturaleza de los gobiernos de coalición en varios estados significa que el desglose de los partidos en diferentes configuraciones del Consejo varía según el partido nacional al que se le asignó la cartera. Sin embargo, la amplia alineación ideológica del gobierno en cada estado influye en la naturaleza de la ley que elabora el Consejo y en la medida en que el vínculo entre los partidos nacionales ejerce presión sobre los miembros del Parlamento Europeo para que voten de cierta manera.
Por decisión del Consejo Europeo de Edimburgo de diciembre de 1992, el Consejo tiene su sede en Bruselas, pero en abril, junio y octubre se reúne en la ciudad de Luxemburgo. Entre 1952 y 1967, el Consejo de la CECA celebró sus reuniones en la ciudad de Luxemburgo en el Cercle Municipal de la Place d'Armes. Su secretaría se trasladó en numerosas ocasiones, pero entre 1955 y 1967 se instaló en el distrito Verlorenkost de la ciudad. En 1957, con la creación de dos nuevas Comunidades con sus propios Consejos, se dio a la actual Presidencia la discreción sobre la ubicación. En la práctica, esto iba a estar en el castillo de Val-Duchesse hasta el otoño de 1958, momento en el que se trasladó a 2 Rue Ravensteinstraat en Bruselas.
El acuerdo de 1965 (finalizado por el acuerdo de Edimburgo y anexo a los tratados) sobre la ubicación de las instituciones recién fusionadas, el Consejo debía estar en Bruselas, pero se reuniría en la ciudad de Luxemburgo durante abril, junio y octubre. La secretaría de la CECA se trasladó de la ciudad de Luxemburgo a la secretaría del Consejo del organismo fusionado en el edificio Ravenstein de Bruselas. En 1971, el Consejo y su secretaría se trasladaron al edificio Charlemagne, junto al Berlaymont de la Comisión, pero el Consejo se quedó rápidamente sin espacio y la rama administrativa de la Secretaría se trasladó a un edificio en 76 Rue Joseph II / Jozef II-straat y durante el En la década de 1980, las divisiones lingüísticas se trasladaron a los edificios Nerviens, Frère Orban y Guimard.
En 1995, el Ayuntamiento se trasladó al edificio Justus Lipsius, al otro lado de la carretera de Charlemagne. Sin embargo, su personal seguía aumentando, por lo que continuó alquilando el edificio Frère Orban para albergar las divisiones de lengua finlandesa y sueca. El personal siguió aumentando y el Ayuntamiento alquiló, además de ser propietario de los edificios Justus Lipsius, Kortenberg, Froissart, Espace Rolin y Woluwe Heights. Desde la adquisición del edificio Lex en 2008, los tres edificios mencionados ya no están en uso por los servicios del Ayuntamiento.
Cuando el Consejo se reúne en la ciudad de Luxemburgo, se reúne en el Centro de Conferencias de Kirchberg y sus oficinas se encuentran en el Centro Europeo en la meseta de Kirchberg. El Consejo también se ha reunido ocasionalmente en Estrasburgo, en varias otras ciudades y también fuera de la Unión: por ejemplo, en 1974, cuando se reunió en Tokio y Washington, DC, mientras se llevaban a cabo conversaciones sobre comercio y energía. Con arreglo al actual reglamento interno del Consejo, el Consejo puede, en circunstancias extraordinarias, celebrar una de sus reuniones fuera de Bruselas y Luxemburgo.
A partir de 2017, tanto el Consejo de la Unión Europea como el Consejo Europeo adoptaron el edificio Europa construido especialmente como su sede oficial, aunque continúan utilizando las instalaciones que ofrece el edificio adyacente Justus Lipsius. El punto focal del nuevo edificio, la distintiva estructura en forma de "linterna" de varios pisos en la que se encuentra la sala de reuniones principal, se utiliza en los nuevos logotipos oficiales de ambas instituciones de la UE.